Suplemento territorial en la factura de electricidad

por | Oct 23, 2019 | Deficit de tarifa eléctrica, financiación, Mercado eléctrico español, Política energética, Uncategorized

El suplemento territorial de 2013

 

El suplemento territorial es un coste extra en la factura de la luz que los consumidores de determinadas Comunidades Autónomas tendrán que pagar. Esta medida comenzará a aplicarse a partir de septiembre de 2019 por todas las comercializadoras del mercado energético.

 

¿Qué es el suplemento territorial?

El suplemento territorial es un gravamen tributario autonómico, a los suministros de las comunidades autónomas que añadan este gravamen se les aplicará este suplemento en los peajes de acceso. 

Los peajes de acceso de energía eléctrica forman parte del precio de la electricidad y están destinados a cubrir las partidas de costes con retribución regulada.

La aplicación y calculo de este nuevo impuesto fue recurrido por las empresas distribuidoras y en consecuencia el impuesto no llegó a aplicarse. Finalmente tras varias sentencias judiciales el Gobierno aprobó las órdenes TEC/271/2019 y ETU/35/2017 que detallan como debe aplicarse este impuesto en cada Comunidad Autónoma.

¿A qué Comunidades Autónomas afecta el suplemento territorial?

A todos los suministros de electricidad de alguna de las siguientes comunidades autonomas: Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid, la Región de Murcia, Navarra, La Rioja, Castilla-La Macha y Comunidad Valenciana.

¿Cómo será el pago y quién lo emitirá?

El pago que hay que realizar corresponde únicamente al año 2013 que fue cuando estas CCAA aprobaron nuevos impuestos que los peajes no tenían contemplados. El importe por cada suministro de electricidad dependerá de la potencia que se tuviese contratada y de la energía consumida en ese año 2013. A estos valores de potencia contratada y energía consumida se le aplicarán los precios del suplemento que el Gobierno ha aprobado para cada una de las comunidades autónomas.

Las distribuidoras y comercializadoras emitirán el pago en un único importe, siempre que el coste sea inferior a dos euros, y se abonará a través de la factura eléctrica. El cálculo de este importe es realizado por la distribuidora de tu zona.

¿Cómo se refleja en mi factura de electricidad el suplemento territorial?

Según establece la orden del Gobierno, el pago de este impuesto se realizará a través de la factura de electricidad, siendo la comercializadora de electricidad con la que el consumidor tenga contrato activo actualmente la encargada de cobrarlo a sus clientes actuales aunque en aquel año tuviera el suministro contratado con otra empresa. Las comercializadoras deben hacer de intermediarios en el cobro puesto que deben entregar la totalidad de lo recaudado por este concepto o a las Distribuidoras, que, a su vez, serán las encargadas de liquidar el suplemento con cada comunidad autónoma.

El cobro de los Suplementos Territoriales de 2013 se comenzará a realizar a partir de septiembre de 2019 y se incluirá en las facturas de electricidad de los clientes de acuerdo a lo siguiente:

  • Si el importe del Suplemento Territorial de un suministro es igual o inferior a 2 € antes de impuestos, se aplicará el importe total del Suplemento Territorial en una única factura.
  • Si el importe del Suplemento Territorial de un suministro es mayor a 2 € antes de impuestos, se fraccionará el importe en partes iguales y superiores a un euro en las facturas que se emitan en el plazo máximo de doce meses a partir de la primera factura.

Articulo redactado por:

Xabier Tuñón Urchulutegui

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