Medidas urgentes para reducir el coste energético

por | Sep 17, 2021 | Coste energético, Factura de energía, Política energética

Nueva normativa de medidas urgente para mitigar el alza de coste energéticos de los mercados mayoristas.

El gobierno ha publicado hoy un decreto ley con el fin de intentar frenar los altos precios de la electricidad en el mercado mayorista y en las facturas de los clientes finales.

Estas medidas traerán cola ya que es una intervención grande que afecta a actores relevantes del mercado energético y con posición dominante en el mismo.

El precio del mercado se espera que apenas cambie la dinámica y a efectos de costes energéticos la reforma más importante es la reducción de la parte regulada “cargos del sistema” que se aplica tanto al consumo de energía como al termino de potencia. Queremos recordar que los cargos del sistema se facturan como tal desde la entrada el 1 de junio del 2021 de la nueva normativa eléctrica.

Por lo tanto, no se espera que los precios del mercado mayorista bajen, aunque estas medidas afectaran directamente reduciendo la parte regulada de las facturas de energía.

Cuáles son las medidas para reducir el coste energético:

Impuesto generación eléctrica

Se prorroga hasta el último trimestre del 2021 la suspensión temporal del Impuesto sobre el valor de producción eléctrica. De esta forma, mediante la exoneración del impuesto (7%), los productores, podrán volver a ofertar precios más competitivos que redunden favorablemente en los consumidores al verse reducido uno de sus costes operativos.

Impuesto especial sobre electricidad

Se establece una reducción del tipo impositivo del 5,11269632% al 0,5%. Este impuesto esta armonizado a nivel comunitario, según la Directiva 2003/96/CE los niveles mínimos impositivos no pueden ser inferiores a 0,5€/MWh en fines profesionales y 1€/MWh en el resto de los casos. Es decir, el impuesto eléctrico se ve reducido de forma general.

Subasta contratos de energía a plazo

Se pretende aprobar un calendario de subastas de contratos de compra de energía a plazo para comercializadoras no dominantes del mercado sobre la energía libre de emisiones de CO2 que gestionan las comercializadoras integradas verticalmente y con dominancia en el mercado. El objeto es aportar liquidez al mercado de futuros para que las comercializadoras pequeñas y los grandes consumidores puedan protegerse de la volatilidad del mercado.

Minoración exceso retribución como consecuencia del funcionamiento del mercado

Otra medida aprobada es la articulación de un mecanismo de minoración del exceso de retribución que algunas centrales de generación están percibiendo como consecuencia del funcionamiento marginalista del mercado.

La evolución de la cotización del mercado del CO2, subida del 120% respecto hace un año. El incremento sin precedentes de la cotización del gas natural, incremento del 300% desde febrero 2021.

El precio del gas natural es determinante en la fijación del precio mayorista, su efecto es multiplicador, un incremento de 1€/MWh del gas supone un incremento de 2€/MWh en electricidad. El CO2 se traslada más tenuemente, un incremento de 1€/ton CO2 supone un incremento de 0,37€/MWh en electricidad por el factor de emisión de las centrales de ciclo combinado.

En esta situación se conjuga con un modelo de mercado marginalista que establece que todas las instalaciones que venden al mercado en una misma hora perciban el mismo precio, correspondiente al ofertado por la central generadora más cara que case en la subasta. Este diseño permite que las instalaciones “más limpias” perciban mayores ingresos incentivando su instalación y entrada al mercado. Sin embargo en tanto no se produzca un desplazamiento definitivo de las centrales de generación que dependan de la cotización del gas natural resulta evidente el diferencial entre costes de generación y beneficios de instalaciones no emisoras de CO2.

Por esto el Gobierno se propone mediante instrumentos regulatorios limitar el exceso de retribución de manera temporal, hasta 31 de marzo del 2022.

Reducción de los cargos del sistema hasta 31 diciembre del 2021.

Teniendo en cuenta los ingresos que se esperan por las medidas anteriores se van a reducir los cargos del sistema, nuevo concepto desde el 1 de junio con la nueva normativa, desde hoy 15 de septiembre hasta el 31 diciembre 2021:

Los términos regulados quedan de la siguiente manera:

 

 

Añadimos los anteriores para observar la reducción muy significativa:

 

Utilización racional de los recursos hídricos

Se limitan los usos del agua y particular se delimitan los derechos de explotación y aprovechamiento del recurso.

Se fijará un régimen mínimo y máximo de caudales medios mensuales a desembalsar para situaciones de normalidad hidrológica y de sequía prolongada, así como un régimen de volúmenes mínimos de reservas embalsadas para cada mes.

Se fijará una reserva mensual mínima que debe permanecer almacenada en el embalse para evitar indeseados efectos ambientales sobre la fauna y la flora del embalse y de las masas de agua con él asociadas.

Limitación del precio del gas natural en tarifa regulada 3.1 y 3.2

Se introduce, como medida temporal y excepcional, una limitación por dos trimestres al incremento del coste de la materia prima incluido en la tarifa de último recurso de gas natural, con objeto de amortiguar la imputación en la misma de la excepcional subida de cotizaciones internacionales del gas natural. El incremento de coste de la materia prima que quede pendiente de repercutir en la tarifa se recuperará en las siguientes revisiones de la tarifa.

Fuente: BOE

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