El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha condenado a España por no haber hecho la transposición completa de la Directiva 2002/91/CE de eficiencia energética de edificios después de once años. La sentencia da la razón a la Comisión Europea que demandó al Reino de España por haber incumplido los plazos para incorporar al ordenamiento jurídico nacional las medidas de eficiencia energética para edificios obligatorias desde enero de 2006.
De la lectura de la sentencia se puede comprobar la nula voluntad de los distintos Gobiernos para adoptar las disposiciones legales necesarias y dar cumplimiento a los objetivos europeos de ahorro energético en el sector de la edificación. Se entiende así mejor el voto en contra del Gobierno en octubre de 2012 a la Directiva 2012/27/UE de eficiencia energética argumentando, entre otras razones, que el ahorro de energía sería una penalización a la economía española.
España suma incumplimientos de directivas europeas de energía, ya que el pasado año fue advertida por la Comisión Europea de una nueva demanda ante el Tribunal Europeo de Justicia por el incumplimiento de la Directiva 2010/31/UE de eficiencia energética de edificios, que sustituye a la de 2002, cuyo plazo de transposición finalizó en enero de 2013. Esta directiva establece la obligación para los Estados miembros de elaborar planes nacionales de edificios de consumo de energía casi nulo, con objetivos intermedios para 2015, para que en 2020 los nuevos edificios y la rehabilitación de los existentes, y en 2018 los edificios públicos, se hagan con criterios de mínimo consumo de energía con autoconsumo, tal y como se define en su artículo dos.
Las directivas europeas de energía son normas comunitarias que obligan a todos los poderes del Estado, ejecutivo, judicial y legislativo. Su reiterado incumplimiento, como es el caso de la eficiencia y certificación energética de edificios, merecerían una explicación ya que afecta a la seguridad jurídica y a la financiabilidad de las inversiones en eficiencia energética de edificios.
Se da la circunstancia de que los nuevos peajes establecidos en la reforma eléctrica aprobada por el Ministerio de Industria penalizan el ahorro de energía y las inversiones en eficiencia energética e incentivan el mayor consumo a través de la subida de la parte fija del recibo de la luz, la bajada de la parte variable que mide el consumo y un peaje discriminatorio al autoconsumo.
La normativa que el Gobierno ha aprobado en este último año no solo incumple las directivas europeas de energía sino que al impedir el ahorro energético no permite que los consumidores finales puedan reducir sus costes energéticos mediante proyectos integrales de eficiencia energética o de rehabilitación de edificios. Identificar el ahorro de energía con menos ingresos del sistema eléctrico es contrario a los objetivos y normas de la Unión Europea y traerá futuras demandas contra España.
Otro de los argumentos esgrimidos por el Gobierno para rechazar la Directiva 2012/27/UE es que perjudicaría la reactivación del sector de la construcción. Sin embargo, la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas se basa en la eficiencia energética de edificios y el autoconsumo. El Ministerio de Fomento, al contrario que el de Industria, considera la rehabilitación energética como la base para la reactivación de la economía y del empleo.
El incumplimiento de las directivas europeas de eficiencia energética de edificios va a perjudicar a los consumidores, porque no podrán reducir sus recibos de luz, al sector inmobiliario y de la construcción, que tendrá grandes dificultades para afrontar proyectos de rehabilitación, y a la economía nacional pues, según las previsiones del PAEE 2011-2020, el cumplimiento por España de sus objetivos de eficiencia energética podría crear hasta 500.000 nuevos empleos en 2020.
Fuente: JGB
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